En consecuencia, este Tribunal DECRETA medida de embargo preventivo sobre la motonave "EMPRENDEDORA", de bandera venezolana, matricula AGPS-2141, Eslora: 73,00 Mts, Manga: 15,20, Puntal: 3,85 Mts, Toneladas de Arqueo Bruto: 915,53; Toneladas de Arqueo Neto: 327,42, Tipo: Transporte de Carga; Servicio al que se destina: Transporte de carga sobre cubierta; Año de Construcción: 1976, Distintivo de llamada YVBC, inscrito en el Registro Naval Venezolano, cuarto trimestre del 2003, bajo el Nº 10, folios 88 al 95, Tomo 1, Protocolo Único.
Ahora bien, como quiera que del escrito libelar como de los documentos acompañados con el mismo, de fecha veintiuno (21) de junio de 2011, se desprende que la motonave con respecto al cual se decretó la medida cautelar, transporta mercancías desde Puerto la Cruz hasta la Isla de Margarita, Estado Nueva Esparta, conforme a lo previsto en el artículo 99 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena notificar a la Procuradora General.....