Aplicadas las anteriores consideraciones al caso de autos, observa esta Juzgadora que el presente amparo versa sobre la legitimación del ciudadano CARLOS EDUARDO ZAMBRANO SANTANA, como PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA e INMOBILIARIA HABIEXPE C.A y del ciudadano LUIS ERASMO PEREZ MOSQUEDA, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº 948.348, también como PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA e INMOBILIARIA HABIEXPE C.A., y en razón de ello este Tribunal NIEGA el desistimiento formulado en fecha 16 de septiembre de 2009, por el ciudadano LUIS ERASMO PEREZ MOSQUEDA, supra identificado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la citada Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se declara.