Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Guarico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano JOSE TARCISIO YELAMO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 8.805.860 en contra de la demandada, Ciudadano JOSE GREGORIO ARIAS y ordena cancelar a la parte actora la suma de BOLIVARES CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTE CENTIMOS (Bs. Bs.4.296.365,20)