Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL DESESTIMIENTO, hecho por el Abogado Antonio José Moreno Sevilla, apoderado Judicial de la parte actora, ciudadano: Ildefonso Rodríguez Herrera, Titular de la Cédula de identidad Nº 8.196.865, y como consecuencia de dicho desistimiento, se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Juzgado en fecha: 10-11-2005, que riela a los folios (16 y 17) del Cuaderno de Medidas, y librar oficio al Registrador Inmobiliario del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, a los fines de que estampe la correspondiente nota marginal al documento mencionado en.....