En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de Prescripción opuesta por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano CESAR AGUSTIN LOPEZ PEREZ contra UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT, A.C., EDUCACIONAL DE SERVICIOS CULTURALES Y FUNDACION HUMBOLDT. TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar los conceptos los cuales serán especificados en la motiva del fallo. CUARTO: Se condena en costa a la parte demandada por resultar totalmente perdidosa.