PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la acción de Recurso de Nulidad, incoado por los ciudadanos ANTONIO ENRIQUE GONZALEZ COELLO Y ALEJANDRA ENEIDA CONZALEZ COELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 4.347.853 y 4.713.074, asistidos por la abogada FANNY ESCOBAR FIGUEROA, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 52.792, contra el acto administrativo dictado por el Instituto Nacional de Tierras en sesión Nº EXT 93-08, en deliberación de cuenta Nº 002, de fecha 25 de mayo de 2008
SEGUNDO: Se ordena el archivo de la presente causa.
TERCERO: No hay condenatoria en costa debido a la naturaleza de la presente sentencia.