PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la litisconsorte recurrente, LUZ MERCEDES GUTIERREZ GUZMAN, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.524.924. Se declara CON LUGAR la apelación intentada por la recurrente, MARIA CAPOTE GUZMAN, en su carácter de parte demandada y Titular de la Cédula de Identidad N° 7.278.721, en relación a la condenatoria en costas de los actores del proceso instaurado en la Primera Instancia. Se confirma Parcialmente fallo dictado por el Tribunal de la recurrida, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 18 de Septiembre del año 2.006, revocándose única y exclusivamente la falta de condenatoria en costas en esa instancia de los actores. Se declara SIN LUGAR la obligación solicitada por los actores en relación a que la intimada rinda cuentas sobre los negocios solicitados.....