Decreta el procedimiento abreviado previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 372 numeral 2° eiusdem y 36 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, y ordena la remisión de las actuaciones al Tribunal de Juicio competente. Ofíciese y remítase. Cúmplase.-
La Juez,
Eva Lucía Arévalo de Lobo
El Secretario,
Marco A. Domínguez