ACUERDA: Con lugar, la solicitud de permiso como salida transitoria del Centro donde actualmente reside la penada REINA MARGARITA DÍAZ RIVAS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.818.825, ampliamente identificada en autos, quien se encuentra actualmente disfrutando de la medida de prelibertad de RÉGIMEN ABIERTO como fórmula de cumplimiento de la pena, en el Centro de Tratamiento Comunitario No Institucional "Pbro. J. M. FABIAN RUBIO" adscrito al Ministerio del Interior y Justicia, ubicado en Caracas, Distrito Capital; consistente en: La salida de dicho Centro hasta que la operen o intervengan quirúrgicamente y se haya recuperado de un prolapso y quistes de mamas, cuyo permiso se haría efectivo solamente para ausentarse, los días sábados y domingos, con entrada, el día lunes, a las 08:00 horas de la mañana (a.m.), con fundamento en lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, todo lo cual sería debidamente vigilado y bajo caución.