Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de mayo de 2024, por los abogados Miguel Ángel Forero Terán y Daniel Arturo Figueredo Guerrero, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 30 de abril de 2024 por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda.
Segundo: SE CONFIRMA con la motivación expuesta en el presente fallo, la decisión de fecha 30 de abril de 2024, dictada por el.....