......Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: DECLARA DESISTIDA la acusación privada presentada por el ciudadano ABRAHAN RAFAEL SEIJAS BERNAEZ, titular de la cedula de identidad N° 10.979.514, contra el ciudadano FRANCISCO VIDAL MILLAN, titular de la cedula de identidad N° 10.925.289, por la presunta comisión del delito de Difamación previsto y sancionado en el articulo 444 del Código Penal. En consecuencia de lo decidido se deja sin efecto la convocatoria para el día 31-05-2007b a las 3:00 p.m, para la celebración del juicio oral y publico. Todo de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de lo decidido. Cúmplase.