DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: UNICO: Se declara con lugar la solicitud fiscal y se acuerda un lapso de NOVENTA (90) días continuos adicionales para que el Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presenta causa seguida en contra del ciudadano JARAMILLO MORALES MIGUEL ANGEL ampliamente identificado, contados a partir de la extinción del lapso original, venciéndose el lapso prorrogado el día 11-05-2012 a las 08:00 HORAS DE LA NOCHE.
Notifíquese a las partes de lo aquí decidido.-
LA JUEZ
ABG. YURI RODRIGUEZ
EL SECRETARIO,