Seguidamente, vista la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2017, por el Tribunal Décimo Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en la que se declara incompetente para conocer esta causa en virtud de la materia por lo que declina su conocimiento en este Órgano Jurisdiccional, por lo cual, este Tribunal comparte el criterio expuesto en el fallo mencionado supra, dictado por el referido Juzgado, y en consecuencia ACEPTA la competencia para conocer este asunto.-