, acuerda previamente librar oficio a la Medicatura Forense de la ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guarico a los fines de que se le practique con carácter URGENTE examen médico al referido acusado JUNIOR XAVIER CATANAIMA quien se encuentra recluido en el Hospital Ranuarez Balza de esa ciudad e informe detalladamente el estado actual del interno, el tipo de lesión sufrida, grado de incapacidad y si de acuerdo al diagnostico que presenta, se encuentra o no en estado o fase Terminal. Una vez recibido el resultado del informe forense, este Tribunal, procederá a dictar el pronunciamiento que corresponda sobre la procedencia o no de la MEDIDA HUMANITARIA solicitada, todo lo cual se hace de conformidad con lo previsto en el artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el oficio respectivo a la Medicatura Forense indicada con las inserciones que interesan a este Tribunal.