Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en contra de sentencia de fecha 20-11-2008 emanada del Juzgado Décimo Segundo de Juicio de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CESAR ENRIQUE BARRETO MARTINEZ, contra COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA, C.A. (CANTV).TERCERO: Con lugar la defensa de prescripción interpuesta por la parte demandada. CUARTO Se confirma el fallo apelado: QUINTO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la L.O.P.T.