DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos JOSE FRANCISCO MENDOZA AUDAZ y JOHAMAD ANDERSON BORJAS MORILLO, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS ALBERTO MAIZ GIL, por encontrarse llenos los extremos legales, exigidos en el artículo 250 en todos sus numerales, con relación al artículo 251.2.3 y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrese oficio dirigido al Jefe de la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, remitiéndole Bole.....