"...En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaro EMBARGADA PREVENTIVAMENTE, la cantidad de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.32.587,50), suma líquida condenada a pagar, en el Despacho de Ejecución, cantidad esta que se encuentra depositada en la Cuenta Corriente signada con el Nº 010-00070044-47-0000017960 en el Banco Bicentenario, y este Tribunal Ejecutor dejo constancia que hizo del conocimiento al notificado, que la cantidad embargada preventivamente en este acto, queda bajo la guarda y custodia del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, teniendo en cuenta las obligaciones que la Ley le impone en vista de tal designación..."