ADMITE de conformidad con el artículo 36 de la misma Ley, cuanto ha lugar en derecho el presente recurso de NULIDAD interpuesto por la ciudadana YESENIA EFIGENIA MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.012.995, debidamente asistida por la Profesional del Derecho AURA MARINA FREITES MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 174.442, contra Providencia Administrativa Nº. 107/2014 de fecha veintitrés (23) de abril de dos mil catorce (2014) dictada por la Inspectoria del Trabajo sede San Juan de los Morros Estado Guárico.