Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, existente entre los ciudadanos JAVIER ALEJANDRO MORALES DELGADO y DANIELA MARIANA GONZALEZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de identidad Nro. V-19.532.809 y V-18.954.359, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraídos en fecha 12 de Julio de 2013, ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 303, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2013, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.