esta Sala de Juicio a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, DECLARA las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos de la De Cujus LUISA JOSEFINA MORILLO SALCEDO, quien era titular de la cédula de identidad N° V-12.141.394, a sus hijos, ERIKA MARILYN, EDUARDO JOSE, (...), los dos primeros mayores de edad, y los dos últimos de quince (15) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente, de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.