Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos: DEMETRIO ANTONIO CARO OCHOA y BIRMA EDILIA ORONOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 8.623.221 y 8.161.840, respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los Une, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 13 de Mayo del año 1.985, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Rastro, Distrito Miranda del Estado Guárico.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y .....