Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: AMANDA ANNELIECE FLORES IBARRA Y MILTON EFRAIN GIRON PONCIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.781.150 Y V-7.222.480 respectivamente, contraído en fecha Tres (03) de Marzo de 1994, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan de los Morros, Municipio Juan German Roscio del Estado Guarico, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio registrada bajo el Nº 60, del año 1994, con fundamento en la Sentencia Nº 693 de fecha 02 de Jun.....