Vista la proposición hecha por el Ciudadano: JUAN CARLOS RODRIGUEZ GOMEZ, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: PETRA ALICIA MUÑOZ, inserto en el folio 08, donde se estableció para el beneficio del niño XXXXXXXXXXXXXXX, depositara en la cuenta de ahorro que apertura la representante del menor, en el Banco Banfoandes, la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1000,oo) Mensual, màs 50% para gastos propios de la época decembrina, època escolar, gastos médicos y medicina cuando se requiera; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, y se acuerda librar oficio al Gerente del Banco Banfoandes, apertura cuenta de ahorro a nombre de ella, el cual serà movilizada y manejada por la Ciudadana PETRA ALICIA MUÑOZ.-