En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Cristina Lisbeth Rivero Ibarra y Julio Manuel De Alcantara Freitas, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 8 de noviembre de 2005, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Mariches, Municipio Sucre del estado Miranda, bajo el N° 22, folio 22, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 2005.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia Mariches, Municipio Sucre del estado Miranda, al Registrador Principal del estado Miranda y el Consejo Nacional Electoral (C.N.E.), a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.