Se dictó decisión mediante la cual se dio por Consumado el Desistimiento del Procedimiento, realizado el día 14 de diciembre de 2015, por ante este Despacho, por la Profesional del Derecho Luisa Ramos Acosta, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.039, en los términos expuestos, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil.