Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN presentada por el abogado Ángel Alejandro Morillo Morales, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por el ciudadano LUIS GUILLERMO GONZÁLEZ DUMAN, contra la ciudadana DAISY YAMILETH RAMOS RANGEL, ambas partes ampliamente identificadas en la primera parte de este fallo.
TERCERO: Se condena a la ciudadana DAISY YAMILETH RAMOS RANGEL hacer la entrega material a la parte demandada, del inmueble constituido por el apartamento Nº 2-5, Piso 2, del Edificio El Jabillo, ubicado en la Urbanización Coche, Conjunto AF, La Floresta, Parroquia El Valle, Municipio Lib.....