Se da por consumado dicho CONVENIMIENTO y se acuerda tenerlo como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, e imparte su homologación.- En consecuencia, se dejan sin efecto las medidas de Secuestro y Cautelar, decretadas en fechas 08 y 14 de Agosto 2001, respectivamente y practicadas por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano, Chaguaramas y José Félix Ribas en fecha 27 de Septiembre de 2001, por lo que se acuerda oficiar al ciudadano Fiscal de la Familia, domiciliado en la ciudad de San Juan de los Morros Estado Guárico.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente.-