En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto por los abogados Cesar Santana Sosa y Andrea Domínguez Muras inscritos en el IPSA bajo los Nros. 90.892 y 179.455 representante de la entidad bancaria Banco Provincial, Banco Universal C.A. contra Certificación N° 0059-12, de fecha 05/06/2012 emanado de la Dr. José E. Barazart en su carácter de Médico del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).
Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela, Al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral, a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Capital -Vargas.