DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Ejecución del circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, al ser transgredido el principio de progresividad señalado en el artículo 61 de la Ley de Régimen Penitenciario REVOCA el beneficio de Régimen Abierto acordado a favor del penado GARCÍA LOZANO LUIS HUMBERTO, titular de la cédula de identidad Nº 7.162.528, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se acuerda librar boleta de encarcelación y remitirla con oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en Caracas, Distrito Capital, a los fines de la captura con su posterior reclusión en la Penitenciaría General de Venezuela, donde deberá permanecer a.....