Se dictó resolución mediante la cual en interés superior de las niñas se omite la identificacion, DECRETA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL, de las mencionadas niñas, en el hogar de sus abuelos paternos los ciudadanos ELBA ESTRELLA PILLASAGUA y FREDY VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula identidad No. 21.724.979 y 14.260.254, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente de conformidad con lo establecido en los artículos 394, 395 y 396 ejusdem, se otorga a los ciudadanos ELBA ESTRELLA PILLASAGUA y FREDY VASQUEZ, identificados anteriormente, la Guarda de las niñas SE OMITE LA IDENTIFICACION, en los términos establecidos en los artículos 358 y 359 ejusdem, así como la representación y administración de sus bienes, de conformidad con lo establecido en el artículo 364 de la citada Ley Orgánica para la Protección del NIño y del Adolescente