CAPITULO III
DE LA DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 1133, 1160, 1167, 1264 , 1277, 1278, 1354, 1363 y 1364 del código Civil y 12, 444 y 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES intentada por Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., contra Sociedad Mercantil GABRIEL STIL 2021 C.A, y la ciudadana NUVIA FAVIOLA SALAZAR GOMEZ, por lo que se les condena al pago de las siguientes cantidades PRIMERO: la cantidad de CINCUENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS ( Bs. F 50.594, 38) por concepto de saldo del capital entregado en préstamo. SEGUNDO: la cantidad de DIEZ MIL CUA.....