este Tribunal por los motivos antes señalados, decreta medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un (1) bien inmueble constituido por un (1) Apartamento Suite N° 6-2, ubicado en el piso 6 del "Edificio Bucare" y está comprendido dentro de los siguientes linderos: Noreste: fachada Noroeste del Edificio, vacio sobre patio, apartamento suite 6-1 y escalera. Suroeste: fachada suroeste del edificio, Sureste: vacio sobre patio y fachada sureste del edificio, y Noreste: apartamento suite 6-3, escalera y hall de servicio. El deslindado apartamento tiene una superficie cubierta aproximada de DOSCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (228,87 M2), y aproximadamente TRES METROS CUADRADOS CON VEINTINUEVE DECIMETROS CUADRADOS (3,29 m2) son balcón, y está integrado por: hall, salón con balcón y jardinera, una (1) habitación con closet, vestier y baño incorporados, una (1) habitación con closet y baño incorporados, estar íntimo con closet, sanitar.....