Por cuanto la citada transacción no vulnera el estado de derecho ni disposiciones de orden público, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole efecto de cosa juzgada, da por concluido el proceso y se ordena el archivo del expediente. Y así se establece.