Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La NULIDAD de la sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en fecha 08 de abril de 2002, así como las actuaciones procesales efectuadas por el Tribunal A Quo, con posterioridad a la interposición de la cuestión previa por el demandado.-
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de que el Tribunal A quo, Sustancie, tramite y se pronuncie sobre la cuestión previa opuesta por el demandado conforme al procedimiento pautado en la normativa adjetiva.-; todo de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO: Por cua.....