En fuerza a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante.
Segundo: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada.
Tercero: SE CONFIRMA PARCIALMENTE la sentencia recurrida de fecha 31 de enero del año 2007 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Cuarto: Se declara parcialmente con Lugar la demanda.