Por los argumentos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer y en Materia de Reenvio En Lo Penal del Área Metropolitana De Caracas, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley: Inadmite la acción de amparo constitucional presentada por las ciudadanas Dorys Daniela Marquez Veroes y Yamileth Gamarra Sayago, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matriculas Nos. 88.416 y 72.996 respectivamente en representación del ciudadano José Leonardo Mello Carles, titular de la cedula de identidad N° V-10.543.533, con fundamento en los artículos 26, 27, 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 1 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra la decisión dictada en fecha 22 de junio de 2015, por el ciudadano Pablo Eleazar Sánchez, Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas d.....