En fuerza de los razonamientos y consideraciones antes expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana María Di Prima Sinante, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.961.950, extendida por el Jefe Civil de la Parroquia La Candelaria, Departamento Libertador del Distrito Federal, bajo el No. 1087, cursante al 45 del Libro de Registro Civil de Nacimiento llevado ante esa Jefatura durante el año 1966. En consecuencia, se ordena RECTIFICAR la mencionada Acta de Nacimiento y en tal sentido se ordena rectificar el error enunciado de manera que donde se asentó el nombre materno de la solicitante como "Catalina Sinanti" debe decir lo correcto .....