En consecuencia, por los motivos antes señalados, este Tribunal DECRETA la medida preventiva de embargo sobre el buque "EL JOROPO", de Marca: Bertram Bso 27446 Nº 335-0816, Modelo: 257, Serial: H 0816, Eslora: 10.00 mts, Manga: 34,54 mts, Puntal: 2,00 mts, Certificado de Matricula ADKN-D-7490, Arqueo Bruto 16,32, inscrito en el Registro Naval Venezolano de la Circunscripción Acuática de Puerto Cabello, estado Carabobo, bajo el Nº 02 Tomo 02, cuarto trimestre, folio 05 al 10 Protocolo Único, de fecha quince (15) de noviembre de 2010.
Con respecto a la solicitud que la embarcación quede en depósito de la parte actora este Tribunal niega la solicitud toda vez que la medida preventiva de embargo sobre buques no comporta la figura del deposito judicial y quien la ejecuta es el capitán de puerto según lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley de Comercio Marítimo, y así se decide.-
Ahora bien, a los fines de la ejecución de la medida preventiva de embargo decretada, este Tribunal de confor.....