Vista el acta de entrevista, emanada de la Defensoría Delegada del Pueblo del estado Guárico, mediante la cual refieren a la ciudadana Juana Ramona Gil Segovia, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad N° V-9.886.556, de ocupación productora agropecuaria, con domicilio en el fundo denominado "Doña Justina Tres", ubicado en el sector Roblito Corosito, municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una superficie de aproximadamente de ciento sesenta y dos hectáreas (162 has). Este Tribunal admite la presente solicitud por no ser contraria al orden público o alguna disposición legal y ordena la realización de una inspección judicial sobre el lote de terreno en el sector antes mencionado para el día martes 02 de febrero de 2016. Líbrese Oficio a la Dirección Administrativa del Estado Guárico (DARG) y al General de la Zona Nº 34 de la Guardia Nacional Bolivariana con sede en San Juan de los Morros, Estado Guárico.