"...ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara practicada la medida de Entrega Material y coloca el inmueble objeto de la presente ejecución, libre de personas y bienes en posesión del apoderado judicial de la parte ejecutante abogado VICTOR GHERSI ALZAIBAR, suficientemente identificado en autos e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°14.435, quien aceptó conforme en nombre de su representada".