DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Tribunal Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR la Inhibición de la Juez Única de Juicio, de la sección Penal de adolescentes , Abogado MARIELA ARLETTE LÓPEZ DUGARTE, para seguir conociendo de la causa JP01-D-2009-000279, de la nomenclatura particular del Tribunal Único de Juicio Sección Penal del Adolescente, y se ordena a la referida Juez que continúe conociendo de la antes identificada causa. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 86 numeral 7°, 90, 94 y 95 del Código Orgánico Procesal Penal y en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Regístrese. Publíquese. Diarícese. Déjese copia. Bájese la incidencia al órgano de origen en su oportunidad legal. Cúmplase.
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