este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES presentara el ciudadano ISIDRO VALLADARES contra la SINDICATO NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE ARRERA LEGISLATIVA DE LA ASAMBLEA NACIONAL (SINFUCAN), en la persona del ciudadano RAMÓN ARTURO TREMONT ZULETA, suficientemente identificadas en el texto del fallo.
De conformidad con lo previsto en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costa.