En tal virtud, este Tribunal de conformidad con lo anteriormente expuestos decreta MEDIDA DE SECUESTRO PREVENTIVO sobre el bien inmueble propiedad de la parte actora, ciudadanos KUNIO HASUIKE SAKAMA, TERUKO SAKAMA DE HASUIKE, EMIKO HASUIKE SAKAMA y TAKAO HASUIKE, que a continuación se describe: inmueble constituido por un local comercial identificado con número y letra T-2, el cual se encuentra ubicado en el Sector Tiendas, piso 4, Nivel Cinema del "CENTRO COMERCIAL PALO VERDE PLAZA", situado en la calle Comercio de la Urbanización Palo Verde del Municipio Sucre del Estado Miranda. Documento de propiedad del referido Local, debidamente protocolizado en fecha cuatro de febrero de 1988, ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, quedando anotado bajo el N° 28, Tomo 12, Protocolo primero de los Libros de Autenticaciones llevados por ese registro.
Para la práctica de la presente medida se fija el día miércoles 24 de febrero de 2016, a.....