lo que me impide seguir conociendo de este asunto, es por lo que este Tribunal, acuerda devolver con oficio la presente causa N° JP21-P-2006-1162 al Juzgado de origen, haciéndole saber respetuosamente que el mencionado acusado falleció en el Internado Judicial de San Juan de los Morros bajo circunstancias de modo, tiempo y lugar que el informe respectivo explica. Cúmplase.