Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que los abogados HORACIO DE GRAZIA SUÁREZ, BILLY FRANCO Y JULIO VALE MARTÍNEZ, antes plenamente identificados, TIENE DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES, con motivo del juicio de Resolución de Contrato de Arrendamiento interpuesto por la ciudadana ROSA DE LOURDES RODRÍGUEZ MORAO en contra del ciudadano JOSÉ GUERRERO, conforme a los lineamientos señalados en el fallo.
SEGUNDO: SE ORDENA que el presente juicio continúe conforme al proceso detallado en la doctrina jurisprudencial sentada en sentencia dictada por la Sala de Casación Civil, en fecha 27 de agosto de 2004, sentencia 000959, Expediente No. AA20-C-2001-000329.
TERCERO: NO HAY condenatoria en costas dada la nat.....