INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA: Se dicto sentencia en la cual se declaro: PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha en fecha 14 de Abril del año 2015, por el abogado HECTOR DIAZ MORALES, en su carácter de apoderado Judicial del ciudadano: YNGRID JOSEFINA GOMEZ DE MONCADA, contra la sentencia de fecha 10 de Abril de 2015, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guarico. SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme la sentencia apelada. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.