Por las razones expuestas es por lo que este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declarar: PRIMERO: Con Lugar la apelación interpuesta por la parte actora en contra de la sentencia de fecha 08-03-2006 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de este Circuito Judicial. SEGUNDO: Se repone la causa al estado que el juez a-quo dicte sentencia definitiva. TERCERO: Se anula el fallo recurrido. CUARTO: No hay condena en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el día dieciocho (18) de Junio del dos mil ocho (2008). Año 196º de la Independencia y 146º de la Federación.