Es por los razonamientos anteriormente expuestos que este tribunal de Ejecución Nº 01 , del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico , Extensión Valle de la Pascua, actuando en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: Se ACUERDA otorgar PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL al penado EUCLIDES JOSE ANDRADE, quien es venezolano, mayor de edad, agricultor y comerciante, natural de Zaraza , estado Guárico, donde nació en fecha 03-01-1958, titular de la cédula de identidad Nº 5.585.737, el cual cumplirá a través de la Dirección del Centro Comunitario Dr.. F.S. ANGULO ARIZA, en Maracay, Estado Aragua, quien tendrá la obligación de controlar y verificar el cumplimiento de las condiciones que sean impuestas al penado, asimismo deberá designar un Delegado de Prueba al penado e informar periódicamente a este Tribunal todo lo referente al régimen de supervisión impuesto al mismo.