en consecuencia vista la diligencia que riela al folio 44, suscrita por el ciudadano VIRGILIO MORILLO, debidamente asistido por la abogada MARIBEL DEL VALLE CARO ROJAS, en su carácter de demandante en el presente juicio, en la que desiste de la acción y del procedimiento; conforme al planteamiento formulado en la misma, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9° de su Reglamento, le imparte su HOMOLOGACIÓN y se ordena el archivo del expediente.