Se dictó sentencia en la que se declaró: CON LUGAR la Inhibición planteada por la Dra. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS, en su carácter de Juez Unipersonal Nº XI del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en fecha 01 de julio de 2008, de conformidad con lo establecido en el ordinal 9° del artículo 82 y 88, ambos del Código de Procedimiento Civil.